Sentencia N° 953 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de mayo de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 953, Exp. 03-1801, 09/05/2006
Expediente03-1801
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoColision de Leyes
Fecha de la decisión2006-05-09
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara NO HA LUGAR el recurso de colisión interpuesto entre el ordinal 9° del artículo 88 del Decreto de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones y varios artículos de otras leyes. Se argumenta que no existe colisión entre las normas mencionadas, ya que el artículo 88 no contradice las disposiciones de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público ni de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Extracto de la motiva

La parte recurrente alegó que el numeral 9 del artículo 88 de la Ley de Licitaciones colide con diversas disposiciones legales, argumentando que la adjudicación directa generalizada es incompatible con los procesos licitatorios. Sin embargo, la Sala concluye que el artículo 88 establece la adjudicación directa como un mecanismo excepcional y que no anula el sistema de control interno previsto en la Ley de Administración Financiera. Se desestiman los alegatos de colisión, afirmando que el artículo 88 no contradice las normas citadas por la parte recurrente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR el recurso de colisión propuesto entre el ordinal 9° del artículo 88 del Decreto de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.556 Extraordinario del 13 de noviembre de 2001, con los artículos 5.8, 5.9, 5.10, 5.11, 11 al 17, 42, 43, 45, 47 al 86 y 90 al 113 del mismo texto legal, así como también con los artículos 10, 17, 18, 19 y 132 al 134 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.606 del 9 de enero de 2003 y además con los artículos 21, 23 y 54 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.017 Extraordinario del 13 de diciembre de 1995 y, por vía de consecuencia con la Ley contra la Corrupción publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.637 Extraordinario del 7 de abril de 2003.

Palabras clave

colisión de leyesadjudicación directaLey de Licitacionescontrol internoLey Orgánica de Administración FinancieraLey Orgánica de la Contraloríacorrupciónprocedimientos licitatorios

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