Sentencia N° 952 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de julio de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 952, Exp. 15-0447, 21/07/2015
Expediente15-0447
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-07-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, en el contexto de una acción de amparo interpuesta por Juan Manuel Villarroel Olivos. Este alegó que la demanda de desalojo presentada por el Banco Industrial de Venezuela C.A. carecía de legitimidad, ya que el banco no era el propietario del inmueble en cuestión.

Extracto de la motiva

La acción de amparo fue interpuesta contra la sociedad mercantil Banco Industrial de Venezuela C.A. y los ciudadanos Sin Young Jong y Ea Sook Sin Kim, al considerar que el primero no era propietario del local comercial que detentaba el hoy accionante en su condición de arrendatario; por tanto, a su criterio, ante la falta de cualidad no podía instaurar un juicio por desalojo en su contra y, en el caso concreto, hasta obtuvo una sentencia que le favorecía y que fue ejecutada por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con lo cual considera que se le vulneró el derecho a la posesión que tenía sobre el inmueble, debido a la relación arrendaticia que mantenía con los ciudadanos Sin Young Jong y Ea Sook Sin Kim.

Dispositiva

1. Es COMPETENTE para resolver el conflicto negativo de competencia planteado entre el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2. El TRIBUNAL COMPETENTE para el conocimiento de la acción de amparo interpuesta por el ciudadano JUAN MANUEL VILLARROEL OLIVOS, asistido por el abogado Randolph O. Mollegas P., contra la sociedad mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A., y los ciudadanos SIN YOUNG JONG y EA SOOK SIN KIM, es el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al cual deberá remitirse el presente expediente.

Palabras clave

amparocompetenciajurisdicciónconstitucionalempresa públicaderechoslesiónprocedimiento

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca