Sentencia N° 95 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de marzo de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 95, Exp. 16-0454, 17/03/2017
Expediente16-0454
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-03-17
DecisiónORDENA requerir a los abogados Marcial Ernesto Rivero y Elsy Mariela Blanco, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos PRICILA NAVARRO DE FUENTES y FRANCISCO ANTONIO FUENTES, que en un lapso de cinco (5) días de despacho, más un (1) día como término de la distancia, consignen ante esta instancia, copia certificada del expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad que decidió el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en la sentencia de fecha 13 de agosto de 2014, objeto de la presente solicitud de revisión.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por Pricila Navarro de Fuentes y Francisco Antonio Fuentes, en relación a una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo. La Sala se declara competente para conocer la solicitud y ordena a los apoderados judiciales presentar copia certificada del expediente del recurso contencioso administrativo de nulidad. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

Ahora bien, esta Sala, con el fin de emitir un pronunciamiento ajustado a derecho en torno a la presente causa, estima oportuno, de conformidad con lo previsto en el único aparte del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, requerir a los abogados Marcial Ernesto Rivero y Elsy Mariela Blanco, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos PRICILA NAVARRO DE FUENTES y FRANCISCO ANTONIO FUENTES, que en un lapso de cinco (5) días de despacho, más un (1) día como término de la distancia, consignen ante esta instancia, copia certificada del expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad que decidió el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en la sentencia de fecha 13 de agosto de 2014, objeto de la presente solicitud de revisión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA requerir a los abogados Marcial Ernesto Rivero y Elsy Mariela Blanco, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos PRICILA NAVARRO DE FUENTES y FRANCISCO ANTONIO FUENTES, que en un lapso de cinco (5) días de despacho, más un (1) día como término de la distancia, consignen ante esta instancia, copia certificada del expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad que decidió el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en la sentencia de fecha 13 de agosto de 2014, objeto de la presente solicitud de revisión. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

vicioacto administrativodebido procesonotificacióntutela judicial efectivanulidad

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