Sentencia N° 945 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de agosto de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 945, Exp. 09-1214, 20/08/2010
Expediente09-1214
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-08-20
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo interpuesta por el abogado William Alberto Angulo García, defensor de Iván Lonardi Márquez Ramírez. La acción de amparo fue presentada contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que declaró inadmisible el recurso de apelación contra una orden de aprehensión dictada el 4 de abril de 2009. La Sala observa que no hubo interés procesal por parte del actor en impulsar la acción de amparo, lo que llevó a la extinción del proceso por abandono del trámite.

Extracto de la motiva

La Sala observa de las actas del expediente que luego de la interposición del escrito de amparo constitucional de autos el 20 de octubre de 2009, y de su recepción en la Secretaría de la Sala, el 28 de octubre de 2009, hasta la presente fecha, no consta en autos actuación alguna de la parte actora demostrativa de interés en que se decida la pretensión y tendiente a impulsar la acción de amparo interpuesta; y por tanto capaz de ocasionar efecto procesal alguno para interrumpir el lapso de seis (6) meses establecido por esta Sala Constitucional para que se considere el abandono de trámite, lapso éste que ha transcurrido con creces en el caso sub lite, produciéndose así inexorablemente la extinción del proceso; por abandono del trámite.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO DEL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado William Alberto Angulo García, actuando en su condición de defensor privado del ciudadano Iván Lonardi Márquez Ramírez, contra la decisión dictada el 23 de septiembre de 2009, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.

Palabras clave

debido procesoorden de aprehensióndefensainocenciajuramentaciónCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

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