Sentencia N° 944 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 944, Exp. 12-0536, 28/06/2012
Expediente12-0536
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-06-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por el Alcalde Bolivariano del Municipio Miranda del Estado Zulia, Tiberio José Bermúdez Luzardo, contra la Ordenanza Municipal de Creación de la Parroquia José Antonio Chaves. La Sala declaró su competencia para conocer del recurso y admitió la demanda, señalando que la ordenanza impugnada contraviene la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Público Municipal al no cumplir con los requisitos de consulta y aprobación establecidos. Además, se negó la medida cautelar solicitada por la parte demandante, argumentando que no se cumplían los requisitos de procedencia para su otorgamiento.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer el recurso de nulidad, ejercido conjuntamente con amparo cautelar, por el abogado Jairo Rueda actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, en su condición de Alcalde Bolivariano del Municipio Miranda del Estado Zulia, ya identificados, contra la “Ordenanza Municipal de Creación de la Parroquia José Antonio Chaves dentro del Territorio del Municipio Miranda del Estado Zulia”, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Miranda del Estado Zulia el 14 de agosto de 2009, y publicada en la Gaceta Extraordinaria, Año XXVI, N° 04, del 22 de septiembre de 2009. 2.- ADMITE el recurso de nulidad interpuesto. 3.- En consecuencia, ORDENA citar al Presidente del Concejo Municipal del Municipio Miranda del Estado Zulia y notificar de la presente decisión a la Fiscal General de la República, a la Defensora del Pueblo y al Síndico Procurador Municipal del Estado Zulia, con arreglo a lo establecido en el artículo 121, cardinal 1 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. 4.- EMPLÁCESE a los interesados mediante cartel, que será publicado -a costa de la parte actora- en un diario de circulación regional, para que comparezcan al presente juicio dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación. 5.- NOTIFÍQUESE igualmente, de la presente decisión, a la parte demandante. 6.- NIEGA la medida de amparo cautelar solicitada por la parte demandante.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer el recurso de nulidad, ejercido conjuntamente con amparo cautelar, por el abogado Jairo Rueda actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, en su condición de Alcalde Bolivariano del Municipio Miranda del Estado Zulia, ya identificados, contra la “Ordenanza Municipal de Creación de la Parroquia José Antonio Chaves dentro del Territorio del Municipio Miranda del Estado Zulia”, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Miranda del Estado Zulia el 14 de agosto de 2009, y publicada en la Gaceta Extraordinaria, Año XXVI, N° 04, del 22 de septiembre de 2009. 2.- ADMITE el recurso de nulidad interpuesto. 3.- En consecuencia, ORDENA citar al Presidente del Concejo Municipal del Municipio Miranda del Estado Zulia y notificar de la presente decisión a la Fiscal General de la República, a la Defensora del Pueblo y al Síndico Procurador Municipal del Estado Zulia, con arreglo a lo establecido en el artículo 121, cardinal 1 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. 4.- EMPLÁCESE a los interesados mediante cartel, que será publicado -a costa de la parte actora- en un diario de circulación regional, para que comparezcan al presente juicio dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación. 5.- NOTIFÍQUESE igualmente, de la presente decisión, a la parte demandante. 6.- NIEGA la medida de amparo cautelar solicitada por la parte demandante.