Sentencia N° 944 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de agosto de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 944, Exp. 10-0476, 20/08/2010
Expediente10-0476
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-08-20
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por JOAO DE ANDRADE POMBO contra una decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Carabobo. La acción fue motivada por la alegación de violaciones a derechos constitucionales en el proceso laboral. La Sala determinó que la demanda de amparo carecía de los requisitos de procedencia establecidos en la ley, ya que no se evidenció un abuso de poder o usurpación de funciones por parte del juez inferior.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo tiene por finalidad la restitución de la situación jurídica infringida, como consecuencia de la decisión que dictó el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 3 de noviembre de 2009, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación y parcialmente con lugar la acción que ejerció la parte actora en el curso del juicio que por cobro de prestaciones sociales instauró el ciudadano Joao Francisco Olim Nobrega, titular de la cédula de identidad No. 24.572.303 en contra de Inversiones la Gran Parada El Trébol C.A compañía ésta presidida por el hoy accionante. Por su parte, el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, arribó a tal consideración, al considerar entre otras cosas que ...
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Alfredo Ponce Velásquez, en representación del ciudadano JOAO DE ANDRADE POMBO, contra la decisión que dictó el 3 de noviembre de 2009 el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Palabras clave
incongruenciaderecho a la defensadebido procesotutela judicial efectivavaloración de pruebasLey Orgánica Procesal del Trabajo