Sentencia N° 942 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de junio de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 942, Exp. 08-0243, 16/06/2008
Expediente08-0243
PonenteARCADIO DE JESÚS DELGADO ROSALES
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2008-06-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a una acción de amparo interpuesta por el abogado Luis Paz Caizedo en representación de Dante Mario Magnanini. La acción se dirigió contra un auto de mera sustanciación del Juzgado Superior Octavo Agrario del Estado Zulia, que había diferido el pronunciamiento sobre la admisión de un recurso de nulidad. La Sala, al considerar que existían dudas sobre la admisibilidad de la acción, ordenó al juzgado informar sobre el estado del recurso interpuesto y cumplir con ciertos plazos para evitar sanciones.

Extracto de la motiva

La Sala, por cuanto surgen serias dudas acerca de la determinación de la admisibilidad o no de la acción propuesta y a los fines de formarse mejor criterio, de conformidad con lo establecido en el párrafo catorce del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, le ordena al Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia informe a esta Sala, dentro de los dos (2) días siguientes a que conste en autos su notificación más ocho (8) días de término de la distancia, si en la causa signada con el N° 576 (cursante en dicho Juzgado) ya se pronunció respecto de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto, de ser así, remita copia certificada de la misma.

Dispositiva

Se advierte al prenombrado Juzgado que el incumplimiento a la orden de este auto acarreará la imposición de la multa que establece el artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado. Publíquese, regístrese y notifíquese.

Palabras clave

amparonulidadjuzgado agrarioderechos fundamentalesrecurso administrativonotificacióncumplimientomulta

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