Sentencia N° 941 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 941, Exp. 12-0190, 28/06/2012
Expediente12-0190
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-06-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 01194 de la Sala Político Administrativa, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo interpuesto por ETELIX.COM, C.A. contra una resolución que impuso sanciones administrativas. La Sala Constitucional determinó que no hubo violación de derechos fundamentales como el debido proceso y la presunción de inocencia, ya que se garantizó el derecho a la defensa durante el procedimiento administrativo. Además, se concluyó que las sanciones impuestas eran ajustadas a derecho, dado el incumplimiento de la empresa con las normativas aplicables en el sector de telecomunicaciones.
Extracto de la motiva
La Sala Político Administrativa esgrimió como fundamento de la decisión en referencia, las siguientes consideraciones: 'La empresa recurrente denuncia los siguientes vicios: 1. Violación del derecho a la defensa, al debido proceso y a la presunción de inocencia. Denuncia que el acto impugnado violó el derecho al debido proceso de su mandante, específicamente, su derecho a la presunción de inocencia, lo cual acarrea la nulidad absoluta de aquél, de conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Señala que en el propio acto impugnado se indica la inexistencia de elemento probatorio alguno con fundamento en el cual CONATEL impusiera válidamente la sanción, es decir, 'el ACTO IMPUGNADO aceptó expresamente que la sanción se impuso sin pruebas que la soportaran'. (...) En el caso bajo análisis, considera la Sala que no se violentó la presunción de inocencia de la actora, pues la determinación de su incursión en el tipo legal por el cual fue sancionada, se realizó después de un procedimiento administrativo en el que se garantizaron las posibilidades de defensa y en el que se concluyó en su culpabilidad con base en las probanzas existentes en los autos de dicho procedimiento.'
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Carlos Briceño, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ETELIX.COM, C.A., ya identificados, de la sentencia N° 01194, dictada el 25 de noviembre de 2010 por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
revisiónsanciones administrativaspresunción de inocenciaderecho a la defensatelecomunicaciones