Sentencia N° 940 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de noviembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 940, Exp. 2015-1320, 04/11/2016
Expediente2015-1320
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-11-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre varios tribunales en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por Kervy María Loyo, quien alegaba la vulneración de sus derechos laborales. La Sala determinó que los tribunales competentes para conocer de la acción eran los de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, dado que la materia del conflicto era de naturaleza laboral, específicamente relacionada con el derecho al salario.

Extracto de la motiva

Para la determinación de la competencia de la Sala, en lo que concierne a la resolución de los conflictos negativos de competencia que en materia de amparo constitucional se susciten entre los tribunales de la República Bolivariana de Venezuela, se observa que el artículo 266 cardinal 7 de la Constitución vigente establece que: '(…) Artículo 266.- Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: (...) 7. Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior común a ellos en el orden jerárquico (…)'. Asimismo, el artículo 31, numeral 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, al respecto, señala lo siguiente: 'Artículo 31.- Son competencias comunes de cada Sala del Tribunal Supremo de Justicia: (…) 4. Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior y común a ellos en el orden jerárquico'. Por su parte, el artículo 12 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales dispone que 'Los conflictos sobre competencia que se susciten en materia de amparo entre Tribunales de Primera Instancia serán decididos por el Superior respectivo. Los trámites serán breves y sin incidencias procesales'.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, decide: 1. Se declara COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia planteado entre el Tribunal Sexto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, el Tribunal Penal de Primera Instancia de Juicio N° 1 del referido Circuito Judicial Penal y el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. 2. DECLARA COMPETENTE para el conocimiento de la acción de amparo constitucional que ejerció el 29 de octubre de 2015, el abogado Oscar Rafael Trujillo Silva, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana KERVY MARÍA LOYO, contra la Zona Educativa del Ministerio de Educación del Estado Lara, a los Tribunales de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que corresponda por distribución de ley, al cual deberán remitirse los autos inmediatamente. Se ordena la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y remisión de copia certificada del presente fallo al Tribunal Sexto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, el Tribunal Penal de Primera Instancia de Juicio N° 1 del referido Circuito Judicial Penal y el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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