Sentencia N° 940 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 940, Exp. 10-0158, 29/07/2014
Expediente10-0158
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2014-07-25
DecisiónCONSUMADA la PERENCIÓN y, por ende, la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara consumada la perención y la extinción de la instancia en la acción de nulidad por inconstitucionalidad interpuesta por el abogado Fidel Alejandro Montañez Pastor, actuando como apoderado judicial de REPUESTOS PRUDENCIO, C.A. La decisión se fundamenta en la inactividad de la parte actora durante un período superior a un año, conforme al artículo 94 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

De la reseña de las actuaciones procedimentales la Sala advierte que desde el 21 de junio de 2012, oportunidad en la que el apoderado judicial de la parte actora en la presente causa consignó un ejemplar del periódico El Nacional en el que aparece la publicación del cartel de emplazamiento, expedido el 13 de junio de 2012 por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala, hasta el 29 de octubre de 2013, fecha en la cual solicitó pronunciamiento, transcurrió un período superior a un año, sin que haya impulsado el procedimiento. Al respecto, el artículo 94 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia establece que “(…) [l]a instancia se extingue de pleno derecho en las causas que hayan estado paralizadas por más de un año por inactividad de la parte actora, antes de la oportunidad de los informes o de la fijación de la audiencia (...)”. Así las cosas, por cuanto la paralización de la presente causa excede el lapso de un año y en virtud de que la misma se produjo antes de que se fijara la audiencia oral, así como también que el presente proceso no gira en torno a la materia ambiental, ni se trata de una pretensión dirigida a sancionar delitos contra los derechos humanos, el patrimonio público o el tráfico de estupefacientes o sustancias psicotrópicas en los términos del artículo 95 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, resulta forzoso para esta Sala, de conformidad con la anterior norma procesal, declarar la consumación de la perención y, por ende, la extinción de la instancia en este juicio. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara CONSUMADA la PERENCIÓN y, por ende, la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA en la acción de nulidad por inconstitucionalidad -conjuntamente con medida cautelar innominada- interpuesta por el abogado Fidel Alejandro Montañez Pastor, actuando como apoderado judicial de REPUESTOS PRUDENCIO, C.A., contra del cardinal 4 del artículo 250 del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela nº 37.305 del 17 de octubre de 2001, conjuntamente con la pretensión de nulidad de la Resolución identificada con el alfanumérico SNAT/INTI/GRTI/DJT/CRA-2009-003188, del 27 de noviembre de 2009, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

perenciónextincióninstanciainactividadacción de nulidadLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

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