Sentencia N° 940 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de julio de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 940, Exp. 12-1361, 15/07/2013
Expediente12-1361
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-07-15
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Joel Gómez en representación de DORYS MARITZA RAMÍREZ ROMERO. Se establece que la parte actora no realizó ninguna actuación procesal válida desde la interposición de la acción el 17 de diciembre de 2012, lo que configura el abandono del trámite por decaimiento del interés. La Sala considera que la falta de impulso del procedimiento por más de seis meses implica la pérdida del interés en la tutela constitucional solicitada.

Extracto de la motiva

En atención al criterio jurisprudencial expuesto, la falta de actuación de la parte actora en el presente caso, desde el 17 de diciembre de 2012 -oportunidad en que interpuso la acción de amparo- hasta la presente fecha, configura el abandono del trámite en la presente causa, pues se evidenció de autos que transcurrió un lapso mayor de los seis (6) meses establecidos en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo cual denota la pérdida de interés del accionante en que se decidiera con urgencia la tutela constitucional solicitada. Efectivamente, en la doctrina transcrita se establece que quienes soliciten la tutela de sus derechos fundamentales deben mantener a lo largo del proceso (antes y después de la admisión) el interés en la obtención de la tutela urgente y preferente que constituye el medio constitucional del amparo y ello puede demostrarse mediante la presentación de escritos o diligencias en los que tal interés quede de manifiesto.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, respecto de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Joel Gómez, actuando con el carácter de defensor privado de la ciudadana DORYS MARITZA RAMÍREZ ROMERO, ya identificados, contra la sentencia dictada el 3 de agosto de 2012 por la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. 2.- Se IMPONE al accionante una multa por la cantidad de CINCO BOLÍVARES FUERTES (Bs. 5,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier entidad bancaria receptora de fondos nacionales. El sancionado deberá acreditar el pago mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Palabras clave

amparoderechosinterésprocedimientoabandonostutela

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca