Sentencia N° 94 — Sala Constitucional del TSJ (2007)

TSJ/SC, Sent. N° 94, Exp. 06-0949, 31/01/2007
Expediente06-0949
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión—
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Joaquín Infante contra la inadmisibilidad de su acción de amparo constitucional. La apelante alegó violaciones a sus derechos de integridad y a la inviolabilidad de su hogar debido a un embargo ejecutivo. Sin embargo, el tribunal determinó que la apelante no agotó las vías judiciales ordinarias antes de recurrir al amparo, lo que llevó a declarar inadmisible su pretensión.

Extracto de la motiva

En el asunto bajo análisis, se observa que la pretensión de amparo se propuso contra el embargo ejecutivo que practicó el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico el 24 de mayo de 2006, en el procedimiento laboral que incoó la ciudadana Nieves María Melían Rubio contra 'Estacionamiento Santo'. La apoderada judicial de la parte actora denunció, como fundamento de la pretensión de amparo, la violación a los derechos a la integridad y a la inviolabilidad del hogar que establecen los artículos 46 y 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto el juzgado supuesto agraviante practicó embargo ejecutivo sobre un inmueble propiedad de su patrocinada, aun cuando ella no fue demandada en ese proceso, ni tenía ninguna relación jurídica con la parte demandante en el procedimiento laboral. Por su parte, el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, declaró la inadmisión de la pretensión de amparo con fundamento en el cardinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por cuanto, en su criterio, la quejosa no agotó la vía judicial preexistente de impugnación (oposición).

Dispositiva

PRIMERO: declara SIN LUGAR la apelación que interpuso la parte actora contra la sentencia que expidió el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, el 12 de junio de 2006. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión objeto de apelación que declaró la inadmisibilidad de la pretensión de tutela constitucional que incoó JOAQUINA INFANTE, contra la medida de embargo ejecutivo que llevó a cabo el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico el 24 de mayo de 2006, con fundamento en el cardinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

amparo constitucionalembargo ejecutivoinviolabilidad del hogarderechos fundamentalesvías judicialesinadmisibilidadintegridad físicaCódigo de Procedimiento Civil

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