Sentencia N° 94 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de marzo de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 94, Exp. 04-3095, 02/03/2005
Expediente04-3095
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-03-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por MAAN ABOU HAMDAM AB FARRAJ contra una sentencia del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, que alegaba violaciones a sus derechos a la defensa y al debido proceso. La Sala determinó que no existía información suficiente para decidir sobre la admisión del amparo, ya que no se demostró cuándo precluyó el lapso para la contestación de la demanda en el juicio de nulidad de venta que originó la pretensión de amparo.

Extracto de la motiva

Ahora bien, no existe en autos información alguna que demuestre cuándo precluyó el lapso para la contestación de la demanda en el juicio de nulidad de venta que originó la pretensión de amparo, ni los días de despacho que transcurrieron desde el día siguiente a esa oportunidad, hasta cuando se produjo el auto de admisión de la reconvención que supuestamente habría de notificársele al quejoso, ambos inclusive. Tal información, a juicio de esta Sala, resulta relevante para la admisión de la demanda de amparo de autos ya que de ella depende la determinación de si existía la obligación de notificación al querellante de la mencionada actuación judicial y, por ende, de que se decretara la reposición en cuestión.

Dispositiva

Es por ello que, de conformidad con lo que dispone el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ordena a la Secretaría de esta Sala recabe dicha información del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el cual deberá remitirla en un lapso perentorio de tres (3) días de despacho computados desde cuando reciba el oficio que se libre a tal efecto.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos fundamentalesdebido procesonotificaciónreconvenciónnulidad de ventajurisdicciónproceso civil

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