Sentencia N° 938 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 938, Exp. 04-0566, 20/05/2004
Expediente04-0566
PonentePedro Rafael Rondón Haaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-20
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional recibió una demanda de amparo constitucional presentada por las fiscales Hortencia Rivas Pernía y María Elcira Bejarano Ibarra, en favor de los ciudadanos Jairo Manuel Medina Aguilar y Jorge Iván Guerra Aguilar, contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Mérida. La Sala observó que la Corte de Apelaciones había sustituido la medida de privación de libertad del acusado por una medida cautelar sustitutiva, lo que generó la denuncia de violación del derecho al debido proceso.

Extracto de la motiva

Visto que no consta en autos que la acción de amparo a que se ha hecho referencia y que fuere interpuesta por vía correo electrónico haya sido ratificada en la forma prevista en la norma supra señalada, ni tempestivamente ni fuera del lapso prescrito al efecto, la Sala, conforme al criterio establecido en sentencia N° 523 del 9 de abril de 2001 (Caso: Oswaldo Álvarez), declara inadmisible la solicitud de autos, y así se decide.

Dispositiva

Se ordena a la Corte de Apelaciones que, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, remita copia certificada del expediente en el que se haya tramitado el procedimiento que dio lugar a la decisión accionada.

Palabras clave

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