Sentencia N° 935 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0935, Exp. 24-0145, 20/11/2024
Expediente24-0145
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-20
DecisiónImprocedente in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por Joel Blanco Toro contra la sentencia del Juzgado Superior Séptimo del Circuito Judicial del Trabajo. Se argumenta que el juez actuó dentro de su competencia y no se vulneraron derechos constitucionales. La decisión se basa en la autonomía del juez para valorar pruebas y aplicar el derecho, sin que el amparo pueda convertirse en una tercera instancia para revisar el fondo de la decisión.

Extracto de la motiva

En definitiva, esta representación considerada que tanto la Inspectoría del Trabajo como el Juzgado de Juicio, incurrieron en falso supuesto de hecho y derecho, silencio de prueba, errónea valoración de pruebas, ya que el Inspector fundamentó se decisión en hechos distintos a los aquí debatidos e igualmente no probados, por lo que no son ciertos los hechos supuestamente demostrados y el derecho no fue aplicado correctamente, ya que se valoró a favor de la entidad patronal pruebas no idóneas, ilegales e inhábiles que no demostraron los hechos imputados a nuestro representado que se alegaron para considerar las causales las causales de despido invocadas por la patronal para solicitar la Autorización de Despido, que de haberse valorado correctamente se hubiere llegado a una conclusión distinta como era el hecho que nuestro representado no cometió las causales de despido invocadas, ya que las pruebas aportadas por el patrono no probaron sus dichos por cuanto todas resultaron ilegales, inhábiles, no idóneas, inconducentes y otras impertinentes.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogado Judith Elvira González León, actuando en representación del ciudadano JOEL BLANCO TORO, contra la sentencia dictada el 10 de agosto de 2023, por el Juzgado Superior Séptimo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional supra descrita.

Palabras clave

debido_procesovaloracion_de_pruebasdespidoincongruenciasilencio_de_pruebaderechos_constitucionalesinspector_de_trabajo

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