Sentencia N° 933 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de noviembre de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 933, Exp. 13-0430, 02/11/2016
Expediente13-0430
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-11-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Rodolfo Aníbal Briceño González, contra la decisión de la Sala 8 de la Corte de Apelaciones que declaró con lugar el recurso de apelación del Ministerio Público. La Sala constató que la falta de comparecencia de las partes a la audiencia de apelación configuraba el desistimiento tácito del recurso, lo que no fue aplicado por la Corte de Apelaciones, violando así los derechos a la defensa y al debido proceso del accionante. En consecuencia, se anuló la decisión de la Corte de Apelaciones y se declaró firme el sobreseimiento de la causa dictado por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia.
Extracto de la motiva
En el presente caso se interpuso acción de amparo constitucional contra la decisión dictada, el 24 de enero de 2013, por la Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Fiscal Quinta del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, decretó la nulidad de la decisión dictada, el 7 de abril de 2010, por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de ese Circuito Judicial Penal, en audiencia preliminar en la cual decretó el sobreseimiento de la causa favor del ciudadano Rodolfo Aníbal Briceño González, y ordenó a un Juez distinto celebrar la audiencia preliminar en la causa seguida al mencionado ciudadano y dictar la decisión a que hubiere lugar. Así pues, la parte accionante solicita la tutela constitucional contra dicha decisión alegando la violación de los derechos a la defensa y al debido proceso ya que pese a que la representante fiscal no asistió a la audiencia de apelación ni el imputado, la Corte de Apelaciones inobservó lo dispuesto por esta Sala Constitucional en sentencia N° 2199, del 26 de noviembre de 2007, caso: Ángel Alfonzo Pascuzzo Lander, al no declarar el desistimiento tácito del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, lo que configuró la falta de interés en la resolución de la pretensión apelativa interpuesta en la causa, lo que configuró el desistimiento tácito de la misma y así debió ser declarado por la Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dando cumplimiento al contenido en la sentencia N° 2199 dictada por esta Sala Constitucional, el 26 de noviembre de 2007.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta. SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Jesús Orangel García y Gustavo Manuel Álvarez Ramírez, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano Rodolfo Aníbal Briceño González, contra la sentencia dictada, el 24 de enero de 2013, por la Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: ANULA dicha decisión recaída en el expediente signado con el número 3335-10, así como cualquier pronunciamiento dictado conforme a dicho fallo. CUARTO: DEFINITIVAMENTE FIRME la decisión dictada, el 7 de abril de 2010, por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas, en lo que respecta al sobreseimiento de la causa decretado a favor del ciudadano Rodolfo Aníbal Briceño González, quedando incólume el fallo respecto a la situación del ciudadano Alejandro Claret Leal Mármol, dado que su situación no fue objeto de análisis ni modificación en el presente fallo.
Palabras clave
Amparo ConstitucionalDerecho a la defensaDebido procesoDesistimiento tácitoPeculado doloso