Sentencia N° 931 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0931, Exp. 23-0465, 20/11/2024
Expediente23-0465
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2024-11-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por Richard Cañizales Riera, representado por el abogado Wilmer Santos Camacho, contra un auto que negó la admisión de apelación. La Sala declaró la competencia para conocer el recurso y determinó que este era tempestivo, dado que fue presentado dentro del plazo legal establecido. La decisión se fundamenta en la acción de amparo interpuesta por Gerardo Sarcos en representación de las sociedades mercantiles involucradas.

Extracto de la motiva

En este orden, considerando los antecedentes referidos supra, visto que tal y como se aprecia la acción de amparo se dio en el marco de una demanda laboral, en la que pudieran verse involucrado derechos de un trabajador, esta Sala, con fundamento en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ORDENA a la Presidencia del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia., informe el estado de la causa signada con el alfanumérico VP01-L-2022-33P, según nomenclatura llevada por el Juzgado Décimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en caso de existir sentencia en primera o en segunda instancia, remitir copia certificada de las mismas e igualmente señalar si fueron ejecutada, en este sentido, deberá recabar dicha información del tribunal donde se encuentre. Así las cosas, con el objeto de lograr el cumplimiento más expedito de lo dispuesto, esta Sala considera preciso ordenar a la Secretaría que notifique del presente auto a la Presidencia del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con arreglo a lo previsto en el artículo 91 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Se declara la competencia para conocer el presente recurso de hecho y se declara tempestivo el recurso de hecho interpuesto por el abogado Wilmer Santos Camacho, actuando como representante del ciudadano Richard Cañizales Riera.

Palabras clave

recurso de hechoamparolaboral

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