Sentencia N° 930 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 930, Exp. 12-0505, 28/06/2012
Expediente12-0505
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-06-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por Tahidee Yanira Martínez Blanco y Richard José González Pérez contra la decisión del Juzgado Superior Tercero que declaró inadmisible la acción de amparo. Los accionantes alegaron violaciones al debido proceso en el procedimiento de colocación familiar, pero la Sala concluyó que existían recursos ordinarios que no fueron ejercidos, lo que llevó a la inadmisibilidad del amparo. La decisión reafirma la importancia de seguir los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
Esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por los ciudadanos TAHIDEE YANIRA MARTÍNEZ BLANCO y RICHARD JOSÉ GONZÁLEZ PÉREZ, asistidos por el abogado Abdelkader Gómez, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 13 de abril de 2012, que declaró inadmisible, de conformidad con el artículo 6, numeral 5, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo ejercida por los mencionados ciudadanos contra la decisión dictada el 20 de octubre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional; y, en consecuencia, se CONFIRMA, la mencionada decisión.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por los ciudadanos TAHIDEE YANIRA MARTÍNEZ BLANCO y RICHARD JOSÉ GONZÁLEZ PÉREZ, asistidos por el abogado Abdelkader Gómez, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 13 de abril de 2012, que declaró inadmisible, de conformidad con el artículo 6, numeral 5, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo ejercida por los mencionados ciudadanos contra la decisión dictada el 20 de octubre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional; y, en consecuencia, se CONFIRMA, la mencionada decisión.