Sentencia N° 93 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de junio de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0093, Exp. 20-0077, 02/06/2022
Expediente20-0077
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-06-02
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono de trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por Román Solano Cariño Mujíca en representación de Jiklic Jean Torrealba. La acción fue presentada contra una decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Yaracuy, que había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación en un juicio de desalojo. La Sala constató que no hubo impulso procesal durante más de seis meses, lo que indica falta de interés en continuar con la tutela de los derechos alegados. La decisión también impone una multa a la parte accionante y ordena notificar a las partes involucradas. Se destaca que la falta de impulso no afecta el orden público, lo que justifica la declaración de abandono del trámite. La Sala reitera su criterio sobre la necesidad de mantener el interés en la acción de amparo a lo largo del proceso. Finalmente, se ordena la notificación de la decisión y se remite copia certificada al tribunal de origen para su cumplimiento.

Dispositiva

1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite, respecto del amparo constitucional interpuesto por el abogado Román Solano Cariño Mujíca, actuando en representación del ciudadano JIKLIC JEAN TORREALBA, contra la decisión dictada el 5 de octubre de 2017, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. 2.- IMPONE a la parte accionante, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, una multa por la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000). 3.- ORDENA notificar del contenido de la presente decisión a la parte accionante y al Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

Palabras clave

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