Sentencia N° 928 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0928, Exp. 20-0480, 20/11/2024
Expediente20-0480
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de revisión interpuesta por INVERCORE C.A. contra la sentencia N° RC-000570 de la Sala de Casación Civil, dictada el 13 de diciembre de 2019. La Sala constató que los abogados que actuaron en nombre del demandado no tenían la representación legítima, lo que constituyó una violación de los derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. En consecuencia, se anularon las sentencias impugnadas y se repondrá la causa al estado de contestación de la demanda por parte de abogados válidamente representativos del demandado.
Extracto de la motiva
motivación acogida, lo cual, fue desechado por supuesta falta de técnica. Que lo anterior, evidencia el sacrificio de la justicia por “rigor formal”. Que la sentencia de segunda instancia omitió proveer sobre el alegato según el cual, el contrato “NO PUEDE SER CONSIDERADO JAMAS (sic) COMO UNA VENTA CON PACTO DE RETRACTO”. Que la sentencia de casación consideró ese argumento similar a la primera denuncia. Que, igualmente se denunció la falta de aplicación de los artículos 1.380, 1.381 y 1.382 del Código Civil, ya que el juez de segunda instancia pretendió darle valor probatorio al documento del contrato. Que era de esperar que el documento no fuera tachado, pues al demandado le interesaba validarlo en juicio. Que, ante esta denuncia, la Sala de Casación Civil de este Supremo Tribunal se limitó a señalar que la misma debió plantearse como una infracción de ley. Que, ante el referido supuesto, la referida Sala debió descender oficiosamente al conocimiento del asunto. Que la usura es contraría el carácter social y democrático del Estado venezolano. Que, las formalidades plasmadas en la sentencia sometida a revisión violan los derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 151 Que, al mismo tiempo, se encuentra violado el principio de informalidad de la justicia. Que la decisión viola la doctrina de esta Sala sobre “en qué circunstancias de hecho el cobro de intereses por operaciones de crédito, los convierte en usurarios, así como los límites al principio de la autonomía de la voluntad”. Que, quien se encuentra en una situación de necesidad, es mucho más vulnerable que quien no lo está. Que el carácter social y democrático del Estado venezolano atempera el principio de la autonomía de la voluntad. Que “el ejercicio casacional no es otro que velar como recurso extraordinario de control de constitucionalidad en sede procesal, por el imperio y plena vigencia del estado social de derecho y de just
Dispositiva
1.- HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Chahid Kamil Aboul Hons, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERCORE C.A., SUCRE, contra la sentencia N° RC-000570 dictada por la Sala de Casación Civil de este Alto Tribunal el 13 de diciembre de 2019, en el expediente identificado con el alfanumérico AA20-C-2017-000640. 2.- ANULA el mencionado fallo. 3.- ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, de la Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Monagas el 11 de abril de 2016, en el expediente 9657 de su numeración. 4.- ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas el 09 de abril de 2012, en el expediente 32.683 de su nomenclatura. 5.- REPONE la causa al estado en que se de contestación a la demanda por parte de los abogados que asistan o ejerzan válidamente la representación del ciudadano Nayib Abdul Khalek Nouihed.