Sentencia N° 928 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de abril de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 928, Exp. 02-2630, 25/04/2003
Expediente02-2630
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-04-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronuncia sobre su competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por FAL IMPORTADORA C.A. contra la omisión judicial del Juzgado Cuarto de Primera Instancia. Se establece que corresponde a esta Sala conocer de acciones de amparo contra decisiones de última instancia que infrinjan normas constitucionales. La Sala declara su competencia y ordena al juzgado remitente la entrega de copias certificadas de la causa relacionada con el contrato de arrendamiento.
Extracto de la motiva
En principio, esta Sala pasa a pronunciarse acerca de su competencia para conocer de la presente acción de amparo constitucional y, al respecto, observa que en sentencia de 20 de enero de 2000 (Caso: Emery Mata), este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, determinó los criterios de competencia en materia de amparo constitucional, a la luz de lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, señalando que corresponde a esta Sala la competencia para conocer de: “las acciones de amparo que se intenten contra las decisiones de última instancia emanadas de los Tribunales o Juzgados Superiores de la República, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y las Cortes de Apelaciones en lo Penal que infrinjan directa e inmediatamente normas constitucionales”. Observa esta Sala que, en el caso de autos, la sentencia contra la cual se ejerce la presente acción, fue dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que resulta competente para conocer de la presente acción, y así se declara.
Dispositiva
Lo solicitado deberá ser remitido en el lapso de diez (10) días a partir del recibo de la respectiva comunicación, y así se decide. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalcompetenciaomisión judicialcontrato de arrendamientodecisión de última instancia