Sentencia N° 927 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0927, Exp. 23-1180, 20/11/2024
Expediente23-1180
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-20
DecisiónHomologa el desistimiento de la solicitud de revisión constitucional interpuesta.
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara competente para conocer la revisión constitucional solicitada por el abogado Wuilmer José Castro Caraballo en representación de Angie de los Ángeles Brito Ortuño, en contra de la decisión N° 579 dictada el 6 de octubre de 2023 por la Sala de Casación Civil. La Sala homologa el desistimiento de la solicitud de revisión, considerando que la materia objeto de la pretensión no es indisponible y afecta solo los derechos subjetivos de la solicitante. Se concluye que el desistimiento presentado se encuentra dentro de los supuestos legales pertinentes.
Extracto de la motiva
Que “[l]o que evidencia que es claro y contundente que sí quedó demostrado el pago y con el título valor cambiario como lo es un cheque, aquí se constata que no hay contradicción alguna en la motivación argüida por el ad quem”. Que [t]al modo de sentenciar de la Sala de Casación Civil, es decir, el declarar que hay motivación contradictoria y anular la decisión, lo condujo a pronunciarse sobre el fondo de la controversia de manera errada e incurrir en la falta de aplicación del artículo 1.159 del Código Civil, pues no consideró el hecho de que existía una declaración en el contrato de compra venta referida al hecho de que el vendedor había recibido el monto de la venta a su entera satisfacción, razón por la cual lo pertinente era la declaratoria sin lugar de la demanda de Resolución (sic) de contrato tal y como lo había declarado los jueces de instancia”. Que “al haberse dado una errónea apreciación de los hechos, esto generó de manera indefectible una consecuencia jurídica errada y con ello una grosera violación al Derecho de Acción y el derecho a una tutela judicial efectiva por cuanto se anuló la sentencia recurrida y procedió a pronunciarse sobre el fondo de la controversia, causando un menoscabo al derecho de defensa de la parte demandada, al declarar con lugar la demanda y obviar la declaración del comprador en el contrato, documento fundamental de la demanda en la que expresa que recibió el pago a través de cheque debidamente identificado”. Que “se constata de manera clara, palmaria, diáfana y grotesca que la Sala de Casación Civil incurrió en un error inexcusable, apreciando erróneamente los hechos, encuadrando indebidamente las circunstancias fácticas, aplicando indebidamente las normas legales que regulan la acción por RESOLUCIÓN DE CONTRATO y emitiendo finalmente una sentencia que vulnera el derecho de acción de [su] mandante ya que anulo (sic) una decisión que declaró sin lugar la demanda en la que había quedado claro y evidenciado el derecho de [su] poderdante al cumplimiento de la obligación, con lo cual se le cercenó tanto el derecho de acción como el derecho a una tutela judicial efectiva”.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer la revisión constitucional solicitada por el abogado Wuilmer José Castro Caraballo, en representación de la ciudadana ANGIE DE LOS ÁNGELES BRITO ORTUÑO, ya identificados, en contra de la decisión N° 579 dictada, el 6 de octubre de 2023, por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal. 2.- HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la solicitud de revisión constitucional interpuesta.
Palabras clave
contratoresolucióntutela judicialobligacionesderecho de accióninmotivaciónchequecódigo civil