Sentencia N° 927 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de junio de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 927, Exp. 08-0232, 11/06/2008
Expediente08-0232
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-06-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Jesús Alfonso Niño Barreto contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Caracas, que había declarado parcialmente con lugar la apelación de Hernán Darío Castellanos Barreto. La Sala argumentó que la acción fue presentada fuera del lapso legal, ya que el demandante se dio por notificado de la decisión impugnada en julio de 2007 y la acción de amparo fue interpuesta en febrero de 2008.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional fue interpuesta el 26 de febrero de 2008, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas el 21 de mayo de 2007, de la cual la parte actora se dio por notificada el 16 de julio de 2007. La Sala observa que la acción cumple, prima facie, con todas las exigencias del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en lo que respecta a las causales de inadmisibilidad que establece el artículo 6 eiusdem, la Sala observa que la presente acción de amparo constitucional fue interpuesta el 26 de febrero de 2008, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas el 21 de mayo de 2007, de la cual la parte actora se dio por notificada el 16 de julio de 2007, según de evidencia de las copias certificadas que fueron acompañadas al escrito libelar.
Dispositiva
INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Ibrahin José Rojas y Pedro Del Carmen Montilla, con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Jesús Alfonso Niño Barreto, contra la decisión dictada el 21 de mayo de 2007, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.