Sentencia N° 925 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de julio de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 925, Exp. 11-1248, 15/07/2013
Expediente11-1248
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-07-15
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por los abogados de la entidad mercantil Destilería Hacienda Santo Domingo C.A. contra la sentencia de la Sala de Casación Social que había declarado SIN LUGAR la apelación interpuesta. La Sala argumenta que la revisión constitucional no puede ser utilizada como una tercera instancia y que la inconformidad con el fallo adverso no es suficiente para solicitar dicha revisión. Se reafirma que la sentencia objeto de revisión se dictó ajustada a derecho y no contraviene la jurisprudencia de la Sala Constitucional.

Extracto de la motiva

La revisión constitucional está dirigida a corregir los errores de interpretación de la Constitución en que puedan incurrir cualquiera de los órganos judiciales, o las inobservancias de criterios vinculantes de la Sala Constitucional, tendentes a preservar la integridad y primacía de la Constitución, esta Sala considera que la revisión solicitada debe ser declarada no ha lugar, toda vez que la sentencia objeto de revisión no contraría en forma alguna el contenido de las normas constitucionales o algún criterio vinculante establecido por esta Sala en cuanto al sentido y alcance que ha de atribuirse a algún precepto constitucional.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por los abogados Adolfo Hobaica y Mario Trivella, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 12.626 y 55.456, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la entidad mercantil DESTILERÍA HACIENDA SANTO DOMINGO C.A.

Palabras clave

recurso de nulidadtutela judicialdebido procesoderecho a la defensaactos administrativosjusticiaconstitución

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca