Sentencia N° 924 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de mayo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 924, Exp. 09-0491, 07/07/2009
Expediente09-0491
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-05-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la desaplicación de los artículos 13 numeral 3 y 22 del Código Penal, en el contexto de un caso penal seguido al ciudadano Rubén Antonio Gutiérrez Romero. La decisión se fundamenta en la inconstitucionalidad de dichas normas, al considerar que restringen el derecho a la libertad consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Sala argumentó que la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad resulta excesiva y contraria a la dignidad humana, ya que no cumple con su función de reinserción social del penado.

Extracto de la motiva

La sujeción a la vigilancia de la autoridad como pena accesoria, resulta claramente contraria a la norma constitucional anteriormente señalada, como lo es la prevista en el artículo 44 de nuestra Carta Magna, toda vez que la misma sólo restringe la libertad plena de aquella persona que fue condenada al cumplimiento de esta, ya que no cumple con la función para lo cual fue creada como lo es, la reinserción del individuo a la sociedad, aunado al hecho de que no existe realmente un mecanismo de control eficaz que permita supervisar el cumplimiento cabal de dicha pena accesoria, lo cual la hace en consecuencia, excesiva e ineficaz y es en fundamento a esos motivos anteriormente expuestos y en base a la citada jurisprudencia que tiene carácter vinculante, que esta Juzgadora Segunda en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, procede, mediante el Control Difuso otorgado a los Jueces de esta República Bolivariana de Venezuela, a desaplicar en este caso en particular el contenido de los artículos anteriormente citados, referidos a la sujeción a la vigilancia de la autoridad, a cuya pena accesoria fue condenado el ciudadano: RUBÉN ANTONIO GUTIÉRREZ ROMERO.

Dispositiva

La Sala declara conforme a derecho la sentencia que dictó el 2 de octubre de 2007 el Juzgado SEGUNDO de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, sometida a consulta, en la que desaplicó por control difuso de la constitucionalidad los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, vigente para la fecha del cometimiento de los delitos. Así se decide.

Palabras clave

desaplicacióncontrol difusoCódigo Penalderecho a la libertadsujeción a la vigilanciaconstitucionalidadhomicidioreinserción social

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca