Sentencia N° 922 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de mayo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 922, Exp. 07-0199, 18/05/2007
Expediente07-0199
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-18
DecisiónORDENA oficiar a la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, para que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación, dé cumplimiento a lo establecido en el presente auto.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional presentada por varios ciudadanos contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero Agrario del Estado Lara. La acción se interpuso debido a que el juzgado había declarado sin lugar una apelación relacionada con un juicio de partición de herencia. La Sala decidió ordenar al Juzgado Superior que remitiera copias certificadas de las notificaciones del fallo impugnado, así como cualquier otra acta procesal que demostrara que las partes tuvieron conocimiento del mismo. Finalmente, se ordenó a la Sala Especial Agraria que cumpliera con lo establecido en el auto dentro de un plazo de 48 horas.

Extracto de la motiva

En el presente caso se interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la sentencia dictada el 28 de julio de 2006, por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con motivo del juicio de partición de herencia interpuesto contra los aquí quejosos. Ahora bien, mediante decisión N° 425 del 13 marzo de 2007, esta Sala ordenó al referido Juzgado Superior Tercero que de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, a los fines de dictar sentencia en el presente caso, en el lapso de cuarenta y ocho (48) horas, más el término de la distancia correspondiente, siguientes a su notificación, remitiera a esta Sala copias certificadas de las notificaciones del referido fallo o cualquier otra acta procesal, de la cual se desprendiera que las partes tuvieron conocimiento del fallo aquí impugnado. Ello así, se recibió en esta Sala Oficio N° 172/2007 del 24 de abril de 2007, proveniente del Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual informó que el expediente sobre el cual se solicitó la información fue remitido a la Sala Especial Agraria de este Tribunal Supremo en virtud del recurso de hecho interpuesto por los aquí quejosos, razón por la cual no pudo dar cumplimiento a lo ordenado.

Dispositiva

ORDENA oficiar a la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, para que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación, dé cumplimiento a lo establecido en el presente auto.

Palabras clave

amparo constitucionalpartición de herenciasentenciajuzgado superiornotificaciónacción de amparoderechos constitucionales

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