Sentencia N° 92 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de febrero de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 92, Exp. 11-0512, 17/02/2012
Expediente11-0512
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-02-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional recibió un caso en revisión relacionado con la desaplicación del artículo 60 del Reglamento de Personal del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda. La sentencia original fue dictada el 22 de noviembre de 2010 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que revocó una decisión anterior del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo. La Sala Constitucional, al conocer el caso, ordenó la remisión de la normativa desaplicada para su análisis.
Extracto de la motiva
Visto que, de acuerdo con el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, este Máximo Órgano Jurisdiccional puede requerir la información que considere pertinente para la solución de las causas sometidas a su conocimiento y, siendo que en los autos no consta el Reglamento desaplicado, esta Sala encuentra imperioso requerir al Presidente del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, que remita copia certificada del Reglamento de Personal y Régimen Disciplinario del Personal del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda y sus posibles modificaciones.
Dispositiva
En consecuencia, esta Sala ordena al Presidente del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, que en el lapso de los tres (3) días siguientes a la recepción del presente auto, remita a esta Sala Constitucional copia certificada de los referidos instrumentos normativos, con la advertencia de que la omisión de remitir la información requerida, pudiera acarrear la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.