Sentencia N° 918 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de julio de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 918, Exp. 15-0494, 20/07/2015
Expediente15-0494
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-07-20
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por el abogado Alberto José Nelo Pargas en representación de Manuel David Jiménez Hernández. La acción fue ejercida contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, que había declarado sin lugar un recurso de apelación relacionado con la realización de una prueba anticipada en un caso penal. La defensa argumentó violaciones al debido proceso y a los derechos del imputado, pero la Sala consideró que no se configuraron los extremos de procedencia establecidos en la ley.
Extracto de la motiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, al resolver el recurso ejercido por el abogado defensor del imputado, actuó dentro de su competencia, ya que es el tribunal llamado por la ley para resolver el mencionado recurso, y en criterio de esta Sala, en cumplimiento de su función, no incurrió ni en extralimitación de funciones ni en abuso de poder. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE, in limine litis, la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Alberto José Nelo Pargas, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadana MANUEL DAVID JIMÉNEZ HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada el 31 de octubre de 2014, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes.