Sentencia N° 918 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de julio de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 918, Exp. 13-0331, 15/07/2013
Expediente13-0331
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2013-07-15
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de habeas data presentada por las abogadas Yazmín Urdaneta, Mariela Paz y María Rincón en representación de Juan Segundo Larreal Almarzo, quien solicitaba la exclusión de registros en el Sistema de Información Policial que le afectaban. La Sala, tras analizar la competencia, determinó que no era competente para conocer del caso, ya que corresponde a los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Se declara incompetente y se remite el expediente al tribunal correspondiente.
Extracto de la motiva
En la presente causa las accionantes interpusieron su acción de habeas data de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con el fin de que sea excluida la requisitoria que permanece en contra del ciudadano Juan Segundo Larreal Almarzo en el Sistema de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Observa la Sala que lo pretendido por las accionantes es la exclusión de una información, que considera errónea y que ha ocasionado que su representado haya sido detenido en varias oportunidades, por la cual esta Sala Constitucional considera, tal como lo señaló la parte actora, que lo solicitado requiere de un procedimiento indagatorio que encuadra perfectamente en los supuestos establecidos para la interposición de una acción de habeas data, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
PRIMERO.- INCOMPETENTE para conocer la acción de habeas data interpuesta por las abogadas Yazmín Urdaneta, Mariela Paz y María Rincón, en representación del ciudadano JUAN SEGUNDO LARREAL ALMARZO. SEGUNDO.- El Tribunal COMPETENTE para el conocimiento de la causa es uno de los Juzgados de Municipio Guajira de los que integran la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que corresponda en el turno de distribución. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de Municipio distribuidor de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.