Sentencia N° 916 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de noviembre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0916, Exp. 18-0143, 04/11/2022
Expediente18-0143
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2022-11-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por los abogados de los ciudadanos Eloísa Claret Zara Becerrit, Hernando José Zara Becerrit y Pedro José Contreras Niño, por presunta violación de la Tutela Judicial Efectiva y Debido Proceso. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, argumentando que existían vías ordinarias para resolver la situación jurídica de los demandantes. La Sala Constitucional confirmó esta decisión, señalando que el recurso de apelación era el medio adecuado para impugnar la decisión del Juzgado de Control.
Extracto de la motiva
motivación, todo ello con ocasión en el proceso penal seguido en contra de sus defendidos, por la presunta comisión del delito de Abuso sexual sin penetración continuado en concurso real del delito, previsto en artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes en relación con los artículos 88 y 89 ambos del Código Penal. Tal remisión obedece al recurso de apelación ejercido el 16 de febrero de 2018, por los abogados María de los Ángeles Hamilton, Estuardo Sempertiguez y Waldemar Antonio Núñez, actuando en su carácter de defensores privados de los ciudadanos Eloísa Claret Zara Becerrit, Hernando José Zara Becerrit y Pedro José Contreras Niño, contra la sentencia dictada el 16 de febrero de 2018, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 36 El 22 de marzo de 2018, mediante el cual la abogada María De Los Ángeles Hamilton, actuando con el carácter de defensora de los ciudadanos Eloísa Claret Zara Becerrit, Hernando José Zara Becerrit y Pedro José Contreras Niño, formula alegatos y efectúa pedimentos. El 23 de febrero de 2018 se designó Ponente a la Magistrada Doctora Carmen Zuleta de Merchán. El 18 de julio de 2019 el abogado Estuardo Elías Sempertiguez, actuando en representación de los ciudadanos Eloísa Zara Becerrit, Hernando Zara y Pedro Contreras, efectúa pedimento. El 12 de agosto de 2019 la abogada Carmen Ramona Caraballo Sosa, actuando con el carácter de defensora de la ciudadana Eloísa Zara, consigna designación de defensora y efectúa pedimento. El 5 de febrero de 2021, se reconstituyó esta Sala Constitucional en virtud de la elección de la nueva Junta Directiva de este Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, quedó integrada de la siguiente manera: Magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, Presidenta; M
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados María de los Ángeles Hamilton, Estuardo Sempertiguez y Waldemar Antonio Núñez, actuando en su carácter de defensores privados de los ciudadanos Eloísa Claret Zara Becerrit, Hernando José Zara Becerrit y Pedro José Contreras Niño, contra la decisión dictada, el 16 de febrero de 2018, por la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital.