Sentencia N° 916 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 916, Exp. 03-2225, 17/05/2004
Expediente03-2225
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por los diputados Guillermo Palacios Castillo y Rafael Simón Jiménez contra la Asamblea Nacional, alegando violaciones a sus derechos constitucionales. Tras analizar la competencia de la Sala y la admisibilidad de la acción, se determinó que no se cumplió con el requisito del agotamiento de la vía judicial contencioso-administrativa, lo que llevó a declarar la acción como inadmisible.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en el presente caso, la situación denunciada es recurrible a través de la vía judicial prevista para el control de las actuaciones administrativas de los órganos que ejercen el Poder Público, en cualquiera de las ramas en que éste está dividido, con el fin de lograr el restablecimiento de la situación jurídica subjetiva lesionada por cualquier actuación contraria a Derecho, a saber, de la jurisdicción contencioso-administrativa. En efecto, tal y como esta Sala lo ha establecido de manera reiterada en sus fallos del 5 de junio de 2001 (Caso: José Ángel Guía y otros), y del 22 de noviembre de 2002 (Caso: Nely Ayesterán Sánchez y otros), el artículo 259 constitucional consagra que “...Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar al pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad de la Administración; conocer de reclamos por la prestación de servicios públicos; y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa”.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por los diputados GUILLERMO PALACIOS CASTILLO y RAFAEL SIMÓN JIMÉNEZ, asistidos por los abogados Hilario García Masabé, Enrique Sánchez Falcón y Raúl Jiménez Carrero, contra las actuaciones de la Asamblea Nacional, en la persona de su Presidente FRANCISCO AMELIACH. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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