Sentencia N° 915 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de noviembre de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 915, Exp. 15-1385, 01/11/2016
Expediente15-1385
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-11-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Perfecto Ramón Gómez, quien no cumplió con la orden de corregir su escrito de amparo en el plazo establecido. La Sala argumenta que el accionante no ha realizado ninguna actuación desde la presentación de su acción el 8 de diciembre de 2015, lo que evidencia la pérdida de interés en su pretensión. La decisión se fundamenta en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que transcurrió con creces el lapso que se otorgó al accionante para que corrigiera el escrito de amparo so pena de declarar la inadmisibilidad de la pretensión de amparo de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales; al tiempo que advierte esta Sala que es evidente la pérdida del interés del actor, en virtud de que no ha habido actuación alguna en la causa desde el 8 de diciembre 2015, fecha en la cual presentó la acción de amparo.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano PERFECTO RAMÓN GÓMEZ, debidamente asistido por la abogada Olga Herrera, ya identificados. Regístrese, publíquese y notifíquese. Archívese el expediente.