Sentencia N° 915 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de febrero de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 915, Exp. 03-2655, 16/05/2007
Expediente03-2655
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-02-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Evarista Graciela Garrido contra el Fiscal Quinto del Ministerio Público del Estado Guárico, debido a la falta de corrección en la demanda. La parte accionante no consignó la información requerida en el tiempo otorgado, lo que impide determinar el tribunal competente para conocer de la pretensión formulada. La Sala señala que la falta de corrección es una causal de inadmisión según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo, devino por cuanto “en fecha 15 de Agosto (sic) del dos mil, a las doce del mediodía (...) fu(e) sorprendida por la presencia de una comisión de la DISIP (...) quienes (la) interceptaron (...) manifestándo(le) a través de un escrito emitido por el fiscal (sic) del Ministerio Público Alberto García Pérez (...) que debía hacerles entrega de la casa que ocup(a) desde la fecha 28 de Abril de 1.998, fecha en la cual, el Tribunal de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo (sic) de Guayabal (le) entregó formalmente como depositaria judicial”, sin precisar quien o quienes fueron los sujetos que le causaron el supuesto agravio constitucional denunciado, lo cual impide determinar cuál es el tribunal competente para conocer de la pretensión formulada.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la abogada EVARISTA GRACIELA GARRIDO, contra el Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, abogado Alberto García Pérez.
Palabras clave
amparo constitucionalincompetenciaconflicto de competencianotificaciónfiscalacción de amparoderechos constitucionales