Sentencia N° 914 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 914, Exp. 02-1249, 17/05/2004
Expediente02-1249
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del TSJ confirma la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por Luz Coromoto Scott Polanco en defensa de Jacqueline Lucía Rivas Gallegos. La Corte de Apelaciones había anulado el auto del Juzgado de Control N° 5 que ordenaba el traslado de la imputada a un centro penitenciario, argumentando que dicho traslado violaba el derecho a la defensa y la integridad física de la imputada. La Sala considera que el traslado afectaría el derecho a ser notificada y a acceder a pruebas, además de que el ambiente del nuevo centro de reclusión no garantizaba la seguridad de la imputada.

Extracto de la motiva

La Sala observa, que tal como lo señaló el a quo, con dicho traslado se vería afectado uno de los derechos fundamentales de la imputada, como lo es el derecho a la defensa, el cual comprende el derecho de ser notificada personalmente de las decisiones de acceder a las pruebas, a ser oída durante el proceso dentro de un plazo razonable; su defensor tampoco podría mantener un contacto directo e inmediato que permitiera una buena defensa técnica, más aún si tomamos en cuenta la falta de recursos presupuestarios que actualmente presenta el Estado, que hacen muy difícil los traslados a las sedes judiciales de los imputados. Asimismo, el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal establece una serie de derechos y garantías procesales a favor de los imputados, que deben ser garantizados por los Jueces de Control de acuerdo con lo establecido en el artículo 64 eiusdem. Observa además la Sala, que la solución al supuesto mal comportamiento que caracterizó a la imputada Jacqueline Lucía Rivas Gallegos sería en todo caso un tratamiento especializado y no su traslado hacia otro centro de reclusión.

Dispositiva

CONFIRMA la decisión dictada el 5 de abril de 2002, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, mediante la cual se ANULÓ el auto del 13 de marzo de 2002, dictado por el Juzgado de Control N° 5 de ese Circuito Judicial, y se negó el traslado de la ciudadana JACQUELINE LUCÍA RIVAS GALLEGOS fuera de la sede de la jurisdicción del Estado Guárico. Asimismo, se ORDENA enviar copia certificada de esta decisión a la Fiscalía General de la República y al Director del anexo femenino del Internado Judicial de San Juan de los Morros del Estado Guárico, a fin de que hagan un seguimiento a la ciudadana Jacqueline Lucía Rivas Gallegos, para que garanticen su integridad física.

Palabras clave

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