Sentencia N° 913 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de mayo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 913, Exp. 05-2202, 16/05/2007
Expediente05-2202
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-16
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Franklin Gutiérrez en representación de Erwin José Sánchez, debido al abandono del trámite por parte del demandante. La Sala argumentó que la inactividad del demandante durante más de seis meses en el proceso de amparo justificaba esta decisión, ya que no se encontraban en juego intereses que excedieran el ámbito subjetivo de las partes.

Extracto de la motiva

Consta en autos que el único y último acto de la parte actora lo realizó el 3 de noviembre de 2005, cuando presentó el escrito contentivo de su acción de amparo constitucional, sin que, a partir de esa oportunidad y hasta el presente, haya actuado de nuevo en el proceso. Esa conducta pasiva de la parte actora, quien afirmó precisar la tutela urgente y preferente del amparo constitucional hace más de seis (6) meses, fue calificada, por esta Sala, como abandono del trámite, en decisión No. 982 del 6 de junio de 2001 (caso: José Vicente Arenas Cáceres), en los siguientes términos: ‘(…) la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara’.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado FRANKLIN GUTIÉRREZ, en su carácter de defensor del ciudadano ERWIN JOSÉ SÁNCHEZ, contra la sentencia dictada el 11 de julio de 2005, por la Sala n° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier entidad bancaria receptora de fondos públicos. El sancionado deberá acreditar el pago mediante la consignación del comprobante correspondiente en la Secretaría de esta Sala Constitucional, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.

Palabras clave

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