Sentencia N° 912 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 912, Exp. 09-1240, 12/08/2010
Expediente09-1240
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-08-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Vicenta Pernía Zambrano en un caso de desalojo. La Sala determinó que el juzgado de primera instancia no aplicó correctamente las normas sobre la confesión ficta, lo que afectó el derecho a la defensa de la demandante. En consecuencia, se declaró con lugar la solicitud de revisión, anulando el fallo impugnado y ordenando remitir el expediente para un nuevo pronunciamiento.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la solicitud de revisión fue interpuesta contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 20 de noviembre de 2006, en consecuencia, de conformidad con los argumentos expuestos, esta Sala resulta competente para conocer de la presente solicitud de revisión, y así se decide. En consecuencia, declaró sin lugar la apelación ejercida y sin lugar la demanda de desalojo, y condenó en costa a la parte actora en virtud de haber resultado vencida en el proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por por abogados Graciela Omaña de Suarez y Gonzalo Alberto Suárez Omaña, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana VICENTA PERNÍA ZAMBRANO, contra la sentencia dictada el 20 de noviembre de 2006, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que, se ANULA el fallo objeto de revisión y se ORDENA remitir el expediente al tribunal distribuidor de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que otro tribunal dicte un nuevo fallo en relación a la apelación ejercida, de conformidad con los parámetros aquí establecidos; finalmente se ORDENA notificar de la presente decisión al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de la presente decisión.

Palabras clave

desalojoconfesión fictarevisión constitucional

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