Sentencia N° 909 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de septiembre de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0909, Exp. 26-0442, 23/09/2026
Expediente26-0442
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-09-23
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Miguel Ángel Blanco Pérez en representación de la ciudadana Yeraldy González Villamizar. La decisión se fundamenta en la inepta acumulación de pretensiones, ya que se plantearon demandas contra distintos tribunales que requieren conocimiento separado. La Sala argumenta que la acumulación de pretensiones es incompatible y debe ser interpuesta de forma independiente ante los tribunales competentes.
Extracto de la motiva
En síntesis, de las razones de hecho y de derecho antes expuestas se declara inadmisible la presente acción de amparo por inepta acumulación de pretensiones, vista la diversidad de agraviantes señalados en el escrito de amparo, lo cual no puede ser tramitado de manera conjunta por esta Sala Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 133 cardinal 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, 49 y 78 del Código de Procedimiento Civil, aplicables supletoriamente al proceso de amparo según lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE por inepta acumulación de pretensiones la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Miguel Ángel Blanco Pérez, actuando en su condición de defensor técnico privado de la ciudadana YERALDY GONZÁLEZ VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-18.762.939, contra el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar del estado Táchira y la Corte Marcial de la República Bolivariana de Venezuela.