Sentencia N° 909 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de julio de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 909, Exp. 11-0605, 15/07/2013
Expediente11-0605
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-07-15
DecisiónTerminado el procedimiento, por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Albenis José Urribarrí Borjas en nombre de VÍCTOR MANUEL MOLINA LÓPEZ, por abandono del trámite. Se establece que la inacción del demandante durante más de seis meses se considera abandono, lo que conlleva a la extinción de la instancia. Además, se impone una multa de cinco bolívares al accionante por el entorpecimiento del proceso judicial.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y,.con ello, la extinción de la instancia. Así se declara...

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite correspondiente a la presente acción de amparo, ejercida por el abogado Albenis José Urribarrí Borjas, actuando en su condición de defensor privado del ciudadano VÍCTOR MANUEL MOLINA LÓPEZ, contra la sentencia dictada, el 17 de junio de 2008, por la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Se IMPONE multa al accionante por la cantidad de Cinco Bolívares con Cero Céntimos (Bs. 5,00), pagaderos en cualquier oficina receptora de fondos nacionales.

Palabras clave

amparoderechosgarantíascaducidadinactividadjusticiaproceso penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca