Sentencia N° 909 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de julio de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 909, Exp. 09-0263, 07/07/2009
Expediente09-0263
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-07-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Humberto Prado Sifontes y otros, en representación de reclusos, contra los artículos 56 del Código Penal y 500 del Código Orgánico Procesal Penal. La acción se fundamenta en la alegación de que dichas normas vulneran derechos constitucionales de los reclusos, específicamente en relación con la reincidencia y el acceso a beneficios penitenciarios. Sin embargo, la Sala determina que no se presentó un acto de aplicación concreto que vincule a los demandantes con la norma impugnada, lo que lleva a la inadmisibilidad de la acción.
Extracto de la motiva
La parte accionante planteó la pretensión de amparo constitucional en los siguientes términos: Que “(…) los hechos de la presente acción de amparo han venido ocurriendo dentro del período comprendido entre los años 2001 y 2008, durante el cual se han reformado las disposiciones del Código Penal y el Código Orgánico Procesal Penal, incumpliéndose y violando de forma reiterada, con (sic) el deber que tiene el estado (sic) de garantizar el respeto al principio de progresividad de los Derechos Humanos de las personas en general y de las personas privadas de libertad en particular”. Que “(…) los reclusos accionantes en la presente acción de amparo manifiestan haber cumplido con los requisitos subjetivos y objetivos para el otorgamiento de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena y la gracia de la conmutación de la pena, pero por encontrarse en condición de reincidentes no pueden optar para cualquiera de las fórmulas establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal y el Código Penal, por ello manifiestan haber sido objeto de discriminación (…) aun cuando hayan experimentado un cambio progresivo, reiterado y voluntario con miras a reinsertarse o adaptarse a la sociedad respetando el orden público y las reglas de la sana convivencia en libertad (…)”. Que “(…) la razón fundamental que justifica la negativa al acceso a los beneficios de libertad anticipada es el haber reincidido en la conducta delictiva en tiempos anteriores a la condena a la cual le están dando cumplimiento. Esta institución penal no toma en cuenta la conducta actual del interno, de manera que colide con el régimen progresivo al cual se accede con el transcurso del tiempo llevado en prisión y el cambio progresivo del comportamiento, según informe psicosocial, tal como lo establece la norma adjetiva, mejorías que experimentan los reclusos accionantes en su conducta a pesar de las condiciones del medio de reclusión, donde los índices de violencia y mortalidad se han elevado cada año (…)”.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE para conocer el amparo ejercido y declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano Humberto Prado Sifontes, titular de la cédula de identidad N° 5.960.303, en su carácter de Coordinador General de la asociación civil OBSERVATORIO VENEZOLANO DE PRISIONES, ya identificada, junto con los ciudadanos VAL JOSÉ CUMBERVACHE, LEONEL JOSÉ GONZÁLEZ LEZAMA, SULPY CASTILLO y JOSÉ GREGORIO MOTA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.616.918, 10.807.974, 14.022.034 y 10.473.666, respectivamente, quienes se encuentran recluidos en el Internado Judicial Región Capital Yare, debidamente asistidos por los abogados Marianela Sánchez Ortiz, Juan Carlos Gutiérrez y Emil J. Niño Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 81.870, 39.816 y 123.792, respectivamente, contra los artículos 56 del Código Penal y 500 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
amparo constitucionalreincidenciaderechos humanoslibertad anticipadaCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penaldiscriminaciónreinserción social