Sentencia N° 908 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de mayo de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 908, Exp. 04-2792, 20/05/2005
Expediente04-2792
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-05-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Hivelize Coromoto Carrasco de Comunián en favor de su hijo, Daniel Comunián Carrasco, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible su apelación. La Sala consideró que la madre tenía legitimación para actuar en nombre de su hijo, quien había sido privado de libertad desde 2001 sin que se celebrara la audiencia preliminar correspondiente. La decisión se fundamentó en la violación de derechos constitucionales y el retardo procesal.

Dispositiva

Se ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana Hivelize Coromoto Carrasco de Comunián, en beneficio de su hijo, ciudadano DANIEL COMUNIÁN CARRASCO, contra la decisión dictada el 19 de noviembre de 2003, por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, la cual declaró inadmisible la apelación incoada contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de ese mismo Circuito Judicial Penal el 18 de septiembre del mismo año. Se ORDENA la notificación del Presidente y demás Jueces integrantes de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para que concurran a la audiencia constitucional el día y hora que fije la Secretaría de esta Sala, verificada como sea su notificación en el presente expediente, advirtiéndoseles, que su no comparecencia no se entenderá como aceptación de los hechos incriminados. Notifíquese de la presente acción al ciudadano Fiscal General de la República. Se NIEGA la medida cautelar solicitada.

Palabras clave

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