Sentencia N° 907 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de noviembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 907, Exp. 15-1093, 09/11/2017
Expediente15-1093
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional de una sentencia anterior, declarando inadmisible la solicitud presentada por la sociedad mercantil Inversiones Salazar y Marín Salymar, C.A. La inadmisibilidad se fundamentó en la falta de acreditación suficiente de la representación del abogado que presentó la solicitud, quien no consignó la copia certificada del poder correspondiente, lo que contraviene lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre su competencia para conocer de la presente causa y, a tal efecto, observa: El presente caso trata de la solicitud de revisión constitucional de la sentencia número RC. 000869/2014, dictada el 9 de diciembre de 2014 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró sin lugar el recurso de casación anunciado contra la sentencia dictada el 13 de marzo de 2013 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se encuentra definitivamente firme; por consiguiente, de conformidad con lo previsto en los artículos 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 25.11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala resulta competente para conocer de la referida solicitud. Así se declara. Una vez determinada la competencia, esta Sala, luego de la revisión exhaustiva de las actas procesales, advierte que el abogado Rubén Lorenzo González Almiral, al momento de presentar la solicitud en estudio, acompañó su escrito con copia certificada del poder que acreditaba su representación. No obstante, el 7 de marzo de 2017, el abogado José Alejandro Jiménez Hernández consignó copia simple de la revocatoria de dicho poder y del poder que le fue otorgado por el Presidente de la hoy solicitante, omitiendo consignar copia certificada del mismo, sin justificar tal actuación.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional de la sentencia número RC. 000869/2014, dictada el 9 de diciembre de 2014 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la sociedad mercantil INVERSIONES SALAZAR Y MARÍN SALYMAR, C.A. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.