Sentencia N° 906 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de septiembre de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0906, Exp. 26-0313, 23/09/2026
Expediente26-0313
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2026-09-23
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por Aida Margarita Ponce Montejo contra la Junta de Condominio de la Residencia New Port. La decisión se basa en la falta de agotamiento de las vías ordinarias y en la insuficiencia del poder otorgado a los abogados que representan a la demandante. Se argumenta que la acción de amparo no puede ser utilizada como sustituto de los recursos ordinarios disponibles.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional ha determinado que la acción de amparo no puede ser utilizada como un recurso sustituto de los medios ordinarios. En este caso, se concluye que la demandante no agotó las vías judiciales ordinarias antes de interponer la solicitud de revisión, lo que lleva a declarar inadmisible la acción. Además, se resalta que el poder otorgado a los abogados no cumple con los requisitos necesarios para demostrar su representación, lo que refuerza la decisión de inadmisibilidad.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana AIDA MARGARITA PONCE MONTEJO contra la JUNTA DE CONDOMINIO DE LA RESIDENCIA NEW PORT. SEGUNDO: Inoficioso pronunciarse sobre los demás puntos controvertidos.
Palabras clave
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