Sentencia N° 904 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de junio de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0904, Exp. 25-0338, 11/06/2025
Expediente25-0338
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-06-11
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declara incompetente para conocer la solicitud de avocamiento interpuesta por los abogados de Rafael Enrique Kerch Barreto, quien es imputado en un caso penal. La solicitud se refiere a presuntas irregularidades en el proceso penal que se sigue en el Tribunal Vigésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La Sala declina el conocimiento del caso a la Sala de Casación Penal del TSJ.

Extracto de la motiva

Que, “es forzoso para la defensa afirmar que [se encuentran] en presencia de actos que configuran un terrorismo judicial, sistemáticamente estructurado, en el que intervienen el ciudadano denunciante, el representante del Ministerio Público y el ciudadano juez de control, motivos por los que consideramos que en las circunstancias fácticas y jurídicas expuestas deben resolverse en obsequio a los derechos del debido proceso, del derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva que le garantiza el ordenamiento constitucional al ciudadano Rafael Enrique Kerch Barreto, por ello consideramos procedente la solicitud de avocamiento de la presente causa ante esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que ordene el proceso penal legalmente instaurado y restaure los derechos legales y constitucionales infringidos por las decisiones emitidas por el jurisdicente de control, en agravio de los derechos constitucionales y legales del debido proceso, derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, que amparan al ciudadano Rafael Enrique Kerch Barreto”. (Mayúsculas y negritas propias del escrito, corchetes de esta Sala).

Dispositiva

PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer sobre la solicitud de avocamiento interpuesta por los abogados Ramón Solorzano, Richars Mata y Ricardo Lezama, supra identificados, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano RAFAEL ENRIQUE KERCH BARRETO. SEGUNDO: DECLINA la competencia a la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

avocamientoincompetenciaderechos fundamentalesproceso penal

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