Sentencia N° 903 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de julio de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 903, Exp. 15-0631, 20/07/2015
Expediente15-0631
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-07-20
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, decidió sobre la solicitud de revisión de una sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de Mérida. La solicitante, Mariangela Coromoto Pimentel, argumentó que la decisión de la instancia inferior era inmotivada y lesionaba su derecho a la tutela judicial efectiva. Sin embargo, la Sala concluyó que la revisión no procedía, ya que no se evidenció una violación de derechos constitucionales ni un error en la interpretación de la ley por parte del juzgado inferior.
Extracto de la motiva
La Sala ha reiterado que la revisión de sentencias ha sido concebida como una vía extraordinaria tendiente a preservar la uniformidad de la interpretación de las normas y principios constitucionales y para corregir graves infracciones a sus principios o reglas, estando la Sala en la obligación de considerar todos y cada uno de los fallos que son remitidos para su revisión, pero no de concederla, por tratarse de una potestad discrecional, por lo que su negativa no puede, en caso alguno, constituir violación de los derechos a la defensa y al debido proceso de las partes.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión ejercida por el abogado César Alberto Pimentel Castillo, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIANGELA COROMOTO PIMENTEL, ya identificados, de la sentencia dictada, el 22 de mayo de 2014, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.