Sentencia N° 902 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de mayo de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 902, Exp. 08-0303, 30/05/2008
Expediente08-0303
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-05-30
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de mayo de 2008, declaró que no ha lugar a la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Alirio José García Chirino, en representación de los ciudadanos Roberto Segundo Rincón Pérez y Elvin Piñeiro García, contra la sentencia Nº 1261 emitida por la Sala de Casación Social el 12 de junio de 2007. La revisión se solicitó debido a supuestas violaciones de garantías constitucionales en el proceso laboral que se seguía contra ellos por el cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que la revisión de sentencias no constituye una tercera instancia y que la decisión de la Sala de Casación Social se encontraba ajustada a derecho, por lo que no procedía la revisión solicitada. Se argumentó que la inadmisión del recurso de control de la legalidad no era susceptible de revisión, ya que el fallo que adquirió firmeza fue el dictado por el Juzgado Superior Primero del Trabajo, y no el de la Sala de Casación Social. Finalmente, la Sala Constitucional reafirmó su competencia para conocer de la solicitud de revisión, pero determinó que no había lugar a la misma, manteniendo así la decisión de la Sala de Casación Social.

Extracto de la motiva

En virtud de lo expuesto, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado Alirio José García Chirino, con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROBERTO SEGUNDO RINCÓN PÉREZ Y ELVIN PIÑEIRO GARCÍA, de la sentencia Nº 1261, dictada por la Sala de Casación Social de esta Máximo Tribunal, el 12 de junio de 2007.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado Alirio José García Chirino, con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROBERTO SEGUNDO RINCÓN PÉREZ Y ELVIN PIÑEIRO GARCÍA, de la sentencia Nº 1261, dictada por la Sala de Casación Social de esta Máximo Tribunal, el 12 de junio de 2007.

Palabras clave

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