Sentencia N° 901 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 901, Exp. 08-0326, 12/08/2010
Expediente08-0326
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHábeas Data
Fecha de la decisión2010-08-12
DecisiónConsumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia No. 1225, en la que se abordó la acción de hábeas data interpuesta por Yimmy Jhonson Gómez Pietri contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. La Sala observó que el demandante había incurrido en inactividad procesal, ya que no realizó ninguna actuación desde la interposición de la acción en noviembre de 2007 hasta marzo de 2010, lo que llevó a la declaración de perención de la instancia.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que la actora en el presente procedimiento de hábeas data sólo realizó una única actuación, en noviembre de 2007, cuando interpuso la presente acción de hábeas data, lo cual evidencia una inactividad procesal por más de un año. Efectivamente, desde la fecha señalada el hoy accionante, ni por sí mismo ni por medio de apoderado judicial, realizó actuación procesal alguna que ponga de manifiesto el interés procesal de continuar la causa, situación que produce indefectiblemente la perención de la instancia. En consecuencia, por cuanto el anterior precepto regula la institución que examinamos, el instituto procesal de la perención regulado en el Código de Procedimiento Civil, cuando hubiere lugar a ello, será aplicado a las causas que cursen ante este Alto Tribunal cuando se de tal supuesto.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la acción de hábeas data interpuesta por el ciudadano YIMMY JHONSON GÓMEZ PIETRI, a través del abogado Nelson David Mujica, contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

hábeas dataperencióninactividad procesal

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