Sentencia N° 900 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de julio de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0900, Exp. 18-0844, 12/07/2023
Expediente18-0844
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-07-12
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia n.° 0421, en la que se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por Santiago Alejandro Puppio Vegas contra la decisión del Juzgado Superior Segundo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La apelación se refería a la nulidad de una sentencia anterior que levantó una medida de protección innominada a favor de la niña M.M.S. y repuso la causa al estado de ejecución de sentencia. La Sala también declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional por haber cesado la violación de derechos constitucionales alegada por el recurrente.

Extracto de la motiva

Ahora bien, aprecia esta Sala que el recurso de apelación fue interpuesto contra la sentencia proferida el 20 de julio de 2018 por el Tribunal Superior supra identificado, que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo interpuesta contra el fallo dictado el 12 de diciembre de 2017, por el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Adopción Internacional, que repuso la causa al estado en que el Juez de Primera Instancia renovara el auto de admisión adecuando la tramitación de la medida de protección al juicio contencioso establecido en el artículo 450 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y mantuvo la medida de protección innominada de permanencia en el hogar de la niña M.M.S., mientras se tramite el juicio. Sobre este particular, la parte recurrente sostiene que la sentencia dictada por el Tribunal Superior es incoherente y contradictoria, por cuanto estableció que el a quo incurrió en un error grave al admitir la causa por procedimientos que son contradictorios entre sí y declaró la reposición de la causa, pero sin establecer la nulidad de las actuaciones objeto de vicio, y mantuvo una medida de protección innominada '…que desapareció del proceso, desde el mismo instante que se ordenó reponer la causa al estado de admitirse la solicitud…'. Finalmente, sostiene que el Tribunal Superior con ese proceder, da continuidad a la violación de sus derechos constitucionales al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho a la defensa y el derecho a la propiedad.

Dispositiva

SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano SANTIAGO ALEJANDRO PUPPIO VEGAS, titular de la cédula de identidad n.° V-16.246.612, debidamente asistido por la abogada Damarys Milagros Rangel Matute, contra la decisión dictada el 20 de julio de 2018, por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional e INADMISIBLE sobrevenidamente la acción de amparo constitucional.

Palabras clave

apelaciónamparoprotecciónderechosniñosjurisdicciónincoherencia

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