Sentencia N° 9 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de febrero de 2019

TSJ/SC, Sent. N° 0009, Exp. 19-0021, 12/02/2019
Expediente19-0021
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-02-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Luisa Fernanda Concha Puig y Hugo Patricio Concha Puig, en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, que había declarado con lugar un recurso de apelación y ordenado la aprehensión de los solicitantes. La Sala consideró que la decisión recurrida vulneraba derechos fundamentales y ordenó la suspensión de sus efectos, así como la libertad de los demandantes, quienes se encontraban privados de libertad de manera arbitraria. Además, se negó la solicitud de cese de medidas de congelación de cuentas y prohibición de enajenar bienes.

Extracto de la motiva

Que, “[s]in embargo, culminada la audiencia de presentación e imputación por ante (sic) el Juzgado 7° de Control (sic) (7C-23436-2018), el juez Christian Conde se apartó de la solicitud fiscal y de la defensa que alegó los vicios propios de la imputación fiscal y la improcedencia del procedimiento ordinario por corresponder el de los delitos menos graves, previsto en el artículo 354 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, ya que, la pena para el delito de Apropiación (sic) Indebida (sic) Calificada (sic) no sobrepasa los 5 años, y el documento sobre el cual versaba la denuncia no era público, sino privado, y por ende, el artículo en todo caso aplicable era el 321 del Código Penal, cuya pena máxima es de 18 meses de prisión, lo que hacía incluso nugatoria la imposición de medidas cautelares, salvo comprobada contumacia o rebeldía que no era el caso”. Que “[e]n consecuencia y como resultado de la audiencia, el juez 7° de Control (sic) Christian Conde, sin realizar un verdadero control judicial de la investigación y de nuestras denuncias planteadas, el propio día del acto, o sea, el 18 MAYO 2018 (sic), acordó de forma ultra petita el arresto domiciliario de nuestros defendidos LUISA FERNANDA CONCHA PUIG y HUGO PATRICIO CONCHA PUIG, por los delitos imputados por el Ministerio Público, medida cautelar que posteriormente fue sustituida por el juez 1° de Control (sic) Julio Urdaneta el 07 JUNIO 2018 (sic) por presentación periódica semanal y la prohibición de salir del país, en virtud que su recusación fue declarada sin lugar el 21 MAYO 2018 (sic) y siguió conociendo de la causa. Dicha medida de presentación semanal fue cumplida por nuestros representados de manera cabal y religiosa hasta que el Tribunal 1° de control (sic) decretó el sobreseimiento de la causa el 04 OCTUBRE 2018 (sic)”.

Dispositiva

Se admite la demanda de amparo constitucional y se ordena la suspensión de los efectos de la decisión dictada el 14 de diciembre de 2018, así como la libertad de Luisa Fernanda Concha Puig y el cese de la orden de aprehensión de Hugo Patricio Concha Puig.

Palabras clave

Amparo ConstitucionalLibertad PersonalCorte de ApelacionesDecisión Arbitraria

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