Sentencia N° 9 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de enero de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 09, Exp. 08-0328, 30/01/2009
Expediente08-0328
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-01-31
DecisiónSin Lugar
Resumen
El ciudadano Leonardo Espina interpuso una demanda de amparo constitucional contra un fallo del Juzgado de Primera Instancia que anuló actuaciones previas y repuso la causa al estado de nueva admisión. El Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito declaró procedente la demanda de amparo, argumentando que se vulneró el derecho a la tutela judicial eficaz del quejoso. La Sala Constitucional del TSJ confirmó esta decisión, declarando sin lugar la apelación interpuesta por la Cooperativa CODISPOCOD R.S., al considerar que las irregularidades procesales señaladas por el Juzgado de Primera Instancia no eran esenciales y no justificaban la reposición de la causa.
Extracto de la motiva
De autos se desprende que el ciudadano Leonardo Espina intentó demanda de amparo contra el acto jurisdiccional que expidió el Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, que anuló todo lo que fue actuado y repuso la causa al estado de que se admitiese de nuevo la demanda de amparo originaria, por cuanto estimó que dicho acto de juzgamiento era violatorio de sus derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva. El Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, que conoció en primera instancia constitucional, declaró procedente la pretensión de amparo, por cuanto estimó que al quejoso se le había injuriado su derecho a la tutela judicial eficaz, que reconoce el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuando se ordenó una reposición inútil. Previamente, esta Sala estima necesaria la formulación de las consideraciones pertinentes para decidir sobre la apelación interpuesta por la Cooperativa de Inspección Proyecto Control y Diseño, CODISPOCOD R.S., contra la decisión del Juzgado Superior que declaró procedente la demanda de amparo. La Sala concluye que el Juzgado de Primera Instancia incurrió en un error al considerar que las irregularidades procesales eran suficientes para justificar la reposición de la causa, lo que llevó a la vulneración del derecho a la tutela judicial eficaz del quejoso.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que se ejerció contra la decisión que se CONFIRMA, que dictó, el 6 de febrero de 2008, el Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas la decisión el Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual declaró con lugar la demanda de amparo que intentó el ciudadano LEONARDO ESPINA, contra la sentencia que pronunció el Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la misma Circunscripción Judicial y Extensión el 14 de diciembre de 2007 en el juicio que propuso ese ciudadano contra la Cooperativa de Inspección Proyecto Control y Diseño, CODISPOCOD R.S.