Sentencia N° 895 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de mayo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 895, Exp. 04-2019, 05/05/2006
Expediente04-2019
PonentePedro Rafael Rondón Haaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-05-05
DecisiónIncompetencia
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 5 de mayo de 2006, declaró su incompetencia para decidir sobre la consulta de amparo presentada por Freddy José González Burgos. La consulta fue elevada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en relación a una decisión previa dictada en materia de amparo constitucional. La Sala, tras considerar la normativa aplicable, decidió declinar la competencia a la Corte de lo Contencioso Administrativo correspondiente por distribución.
Extracto de la motiva
La Sala, reiteradamente, había señalado que la competencia para el conocimiento de las consultas de dichos fallos correspondía a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo (Cfr. s.S.C. nº 581 de 14.01.00). Sin embargo, provisionalmente, asumió la competencia para la tramitación de las demandas de amparo cuyo conocimiento correspondía a dicha Corte, hasta tanto ésta reanudara el ejercicio de sus funciones (Cfr. s.S.C. nº 3.436 de 08.12.03 y 3.468 de 10.12.03). En ese sentido, se aprecia que la Sala Plena, en ejercicio de su función de dirección del Poder Judicial, en sesión del 13 de octubre de 2005, designó a los Magistrados de la Corte Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, los cuales fueron juramentados el 18 de octubre de ese año, razón por la cual esta Sala declara la competencia de tales Cortes para que una de ellas conozca, en consulta, del amparo en referencia, luego de la distribución correspondiente.
Dispositiva
Con fundamento en las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA para la decisión, en alzada, de la demanda que incoó el ciudadano FREDDY JOSÉ GONZÁLEZ BURGOS, ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. En consecuencia, DECLINA la competencia, para el conocimiento de la consulta que se le elevó, en la Corte de lo Contencioso Administrativo, a que corresponda por distribución.